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Estimación directa simplificada, normal o módulos

En una frase

En el IRPF, el beneficio de un autónomo se calcula de una de tres formas: estimación directa simplificada (ingresos menos gastos reales, la más común), estimación directa normal (igual, pero con más exigencias) o estimación objetiva, los módulos (un cálculo con signos como empleados, metros o mesas). Módulos solo es posible en ciertas actividades y por debajo de unos límites, y cambia los modelos: 131 en vez de 130 e IVA en régimen simplificado.

Contenido divulgativo. No es asesoramiento fiscal; para tu caso, consulta con tu gestoría.

Dos autónomos pueden ganar lo mismo y pagar el IRPF de forma muy distinta según el método de estimación con el que calculan su beneficio. El método decide qué libros llevas, qué modelo presentas cada trimestre y hasta cómo liquidas el IVA. Este artículo explica los tres métodos que existen en 2026, quién puede usar cada uno y cómo se cambia de uno a otro.

Qué es

El rendimiento neto es el beneficio de tu actividad, lo que paga IRPF. La ley prevé tres maneras de calcularlo:

  • Estimación directa simplificada (EDS). Ingresos reales menos gastos reales, más un pequeño gasto sin factura del 5 % (máximo 2.000 € al año) por gastos de difícil justificación. Es la de la mayoría de autónomos.
  • Estimación directa normal (EDN). También ingresos menos gastos reales, pero sin ese 5 %, con las reglas completas de amortización y, si la actividad es mercantil, con contabilidad completa según el Código de Comercio.
  • Estimación objetiva o módulos (EO). No se miran los ingresos y gastos reales: el rendimiento sale de unos signos o módulos que fija cada año una orden ministerial (personas empleadas, vehículos y otros datos de la actividad).

Las dos directas usan el modelo 130 cada trimestre; módulos usa el modelo 131.

Estimación directa: simplificada o normal

La simplificada se aplica si la cifra de negocios del conjunto de tus actividades no superó 600.000 € el año anterior y no has renunciado a ella. Si empezaste la actividad el año anterior, esa cifra se eleva al año.

Pasas a la normal en dos casos:

  • si superas los 600.000 €: quedas excluido desde el 1 de enero siguiente, durante tres años;
  • si renuncias a la simplificada en diciembre con el modelo 036 (la renuncia vale como mínimo tres años).

Regla de conjunto: si una de tus actividades va en normal, todas van en normal (salvo una actividad nueva iniciada en el año).

En la práctica, la diferencia está en el 5 % de difícil justificación, en algunas reglas de amortización (la simplificada tiene una tabla propia) y en los libros: el empresario mercantil en normal lleva contabilidad ajustada al Código de Comercio; en simplificada, los empresarios llevan libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión, y los profesionales, además, el de provisiones de fondos y suplidos. Lo explicamos en libros registro.

Módulos: quién puede estar en 2026

Módulos no es una opción que se pide: se aplica por defecto a quien cumple todos los requisitos, salvo que renuncie. Los requisitos son:

  1. Actividad incluida en la orden de módulos. Para 2026, la Orden HAC/1425/2025 incluye, entre otras: restaurantes de uno y dos tenedores, cafeterías y bares, hospedaje, taxi, transporte de mercancías por carretera, mudanzas, mensajería, peluquería y estética, autoescuelas, academias, reparaciones y algunos comercios minoristas. La construcción no está desde 2016. Si tu epígrafe del IAE (el código de tu actividad en el censo) no está en la orden, módulos no es posible.
  2. Límites de volumen del año anterior, sumando todas tus actividades:
Magnitud (año anterior) Límite para 2026
Ingresos totales de actividades no agrarias 250.000 €
De ellos, los facturados a empresarios y profesionales 125.000 €
Compras de bienes y servicios (sin inversiones) 250.000 €
  1. Límites propios de cada actividad: por ejemplo, 8 personas empleadas en cafeterías y bares, 6 en peluquería y estética, 3 vehículos en el taxi o 4 en el transporte de mercancías. Las personas empleadas se cuentan como media del año anterior; los vehículos, el máximo que hayas tenido cualquier día del año.
  2. Ninguna otra actividad en estimación directa (por la regla de conjunto) y la actividad desarrollada en España.

En los límites se suman también las actividades iguales o parecidas del cónyuge, los hijos y los padres si hay dirección común y medios compartidos.

Nota: Los límites de 2026 y 2027

La ley dice en su texto permanente 150.000 €, 75.000 € y 150.000 €. Desde 2016 se han ido prorrogando cada año los de 250.000 € y 125.000 €. Para 2026 la prórroga cayó con un real decreto-ley no convalidado, pero la AEAT entiende, con el criterio de la Dirección General de Tributos, que en 2026 se mantienen los de 250.000 € y 125.000 €. Para 2027 no hay prórroga a día de hoy: si en diciembre de 2026 no se aprueba, regirán los de 150.000 € y 75.000 €, medidos con los datos de 2026. Pendiente de confirmar.

Renuncia y exclusión

Renunciar a módulos (para ir a estimación directa) se puede hacer de dos maneras:

  • expresa: con el modelo 036 en diciembre del año anterior, o en la declaración de alta si empiezas la actividad;
  • tácita: presentando en plazo el pago fraccionado del primer trimestre con el modelo 130 en lugar del 131.

La renuncia obliga a quedarte fuera de módulos al menos tres años; después se prorroga sola cada año salvo que la revoques en diciembre.

Quedar excluido es distinto: pasa cuando superas un límite, cuando empiezas otra actividad en estimación directa o cuando te excluyen del IVA simplificado. La exclusión surte efecto el 1 de enero siguiente y te obliga a estar en estimación directa simplificada tres años.

Desde el 3 de febrero de 2025 el modelo 037 ya no existe: todas las renuncias, revocaciones y cambios de régimen se comunican con el 036.

Qué cambia en la práctica: 130 frente a 131 e IVA

IRPF trimestral. En estimación directa, el 130 adelanta el 20 % del beneficio real acumulado del año. En módulos, el 131 adelanta un porcentaje fijo (4 %, 3 % con una persona asalariada, 2 % sin asalariados) del rendimiento que dan los módulos con los datos del 1 de enero. El 131 no depende de cuánto factures cada trimestre.

IVA. Módulos en el IRPF va casi siempre unido al régimen simplificado del IVA, en el que la cuota también se calcula por módulos. Los dos van atados: renunciar al IVA simplificado supone renunciar a módulos en el IRPF en todas las actividades, y al revés. La excepción son los minoristas en recargo de equivalencia (el régimen de IVA de los comerciantes minoristas: el proveedor les cobra un recargo además del IVA y ellos no presentan el 303 por esas ventas): si su epígrafe está en la orden, pueden estar en módulos en el IRPF aunque su IVA vaya por recargo.

Resumen anual. Quien solo tiene actividades en IVA simplificado (o arrendamiento de inmuebles urbanos) y presenta trimestralmente no presenta el modelo 390.

Reducción general. En 2026 el rendimiento neto de módulos tiene una reducción del 5 %, que se aplica también en los pagos fraccionados.

Un ejemplo con números

Ejemplo: Jordi, transportista: ¿puede seguir en módulos en 2026?

Jordi tiene una furgoneta y hace transporte de mercancías por carretera (epígrafe 722, incluido en la orden de módulos). Está en módulos desde hace años y nunca ha renunciado. Para saber si sigue en módulos en 2026, mira sus cifras de 2025:

Magnitud de 2025 Importe Límite 2026 ¿Supera?
Ingresos totales 140.000,00 € 250.000,00 € No
Facturado a empresas 130.000,00 € 125.000,00 € Sí
Compras 40.000,00 € 250.000,00 € No
Vehículos (máximo en un día) 1 4 No

Supera el límite de lo facturado a empresarios por 5.000 €, así que queda excluido de módulos desde el 1 de enero de 2026 y pasa a estimación directa simplificada durante 2026, 2027 y 2028. En la práctica: lleva libros de ingresos y gastos, presenta el 130 en lugar del 131 desde el primer trimestre de 2026 (hasta el 20 de abril de 2026) y el IVA en régimen general en el 303.

Si en 2025 hubiera facturado 125.000,00 € justos a empresas, seguiría en módulos: el límite excluye solo a quien lo supera.

Errores típicos

  • Creer que módulos se pide. Se aplica solo si tu actividad está en la orden y no renunciaste. Un bar o una peluquería que nunca renunció está en módulos aunque presente otra cosa.
  • Renunciar sin querer. Presentar en plazo el 130 del primer trimestre en vez del 131 es una renuncia tácita, y ata tres años.
  • Olvidar el arrastre del IVA. Renunciar al IVA simplificado saca de módulos en el IRPF, y al revés.
  • Mezclar métodos. Si una actividad va en estimación directa, todas van en directa (salvo la actividad nueva del año de inicio).
  • Dar por hechos los límites de 2027. Dependen de una prórroga que, si llega, se aprueba en diciembre. Sin ella, bajan a 150.000 € y 75.000 €.
  • Comparar "con o sin factura a empresas" en porcentaje. El antiguo límite del 50 % facturado a empresarios desapareció en 2016; hoy es un tope en euros.

Fuentes

Actualizado a:

Faktel ayuda a las gestorías a preparar estos modelos; el gestor revisa y presenta.